El procedimiento monitorio está siendo muy utilizado en los últimos años para la reclamación, entre otras cosas, de deudas adquiridas por fondos buitre. De ahí el interés suscitado en relación a cómo s tiene que notificar al demandado la demanda de procedimiento monitorio.
Como toda demanda, para que tenga eficacia y se inicie el procedimiento, requiere la misma sea notificada al demandado.
La notificación se suele hacer de varias maneras.
- Se puede mandar la notificación y copia de la demanda, a través de correo certificado. Constando tu dirección, se remite un sobre con la notificación de la demanda. Es importante que apuntes la fecha en la que la recibes puesto que el plazo para oponerte al mismo se inicia a partir del día siguiente de su recepción.
- Se puede hacer a través del Servicio Común de notificaciones. En este caso lo que hace es ir un agente judicial a tu domicilio a entregarte personalmente la demanda de procedimiento monitorio. Y en caso de no encontrarte, te deja un aviso para que seas tú quien acuda al Juzgado correspondiente a recoger la notificación.
¿Qué pasa si no recojo la notificación del Procedimiento Monitorio?
El procedimiento monitorio no puede ser notificado por edictos. Es decir, a través del tablón de anuncios ni a través de su publicación en Boletines Oficiales. Por lo que para la continuación del procedimiento requiere de su notificación al demandado.
Aquí lo que suele suceder es que las cartas o notificaciones son recibidas por algún familiar, conserje… y por lo tanto empiezan a hacer correr los plazos y debe actuarse con una cierta diligencia para poder oponerse al procedimiento.
Tampoco es posible en el procedimiento monitorio hacer averiguaciones domiciliarias por lo que se tratará de notificar en los domicilios que conozca el demandante.
¿Se puede notificar un procedimiento monitorio por email?
Actualmente la ley no prevé la posibilidad de notificar demandas de procedimiento monitorio por correo electrónico. Si bien es cierto se prevé un mecanismo de notificación a través del sistema de notificaciones de la Agencia Tributaria, una reciente sentencia ha indicado que la notificación d ella demanda debe realizarse de forma presencial.
Sabemos que hay muchos fondos buitre que están informando, a través de correo electrónico y con una cierta apariencia de oficialidad, la existencia de un supuesto procedimiento judicial.
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